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Slide NOSOTROS HISTORIA El origen de López y Asociados se inicia por D. José López García, que ha venido ejerciendo y ejerce su profesión como abogado en Arganda del Rey, desde 1970. Se inició en la profesión motivado por su padre D. Ángel López Pérez, que ejerció como Secretario de Justicia Municipal y como Secretario de Juzgado de Paz, primero en Gerona, Almería y finalmente en Arganda del Rey.

La tercera generación, siguiendo la trayectoria familiar, da el salto a la creación de López y Asociados, con el fin de dar continuidad y ofrecer un asesoramiento jurídico integral en todas las áreas del derecho, especialmente en civil, mercantil, hipotecario, bancario y administrativo y en otras áreas, como en la administración de fincas y la gestión administrativa.
TOTALMENTE COMPROMETIDOS CON EL CLIENTE Ofrecemos soluciones eficaces ante cualquier conflicto en el que tanto particulares como empresas puedan verse involucrados

TARJETAS REVOLVING El Supremo declara “usurario” el tipo de interés de una tarjeta de Wizink TE INFORMAMOS   Info Tramitación Herencias Realizamos de manera directa, la gestión integral de testamentarias. Declaraciones de herederos, elaboración cuaderno particional, liquidación de impuestos e inscripciones registros propiedad. CONTÁCTENOS.   Info COMUNIDADES En esta sección abordaremos los temas más relevantes para las comunidades de propietarios en tiempos de crisis por el Covid-19.   Bono Social Agua   Bono Social Luz   Medidas Comunidades de Propietarios   CAF Coronavirus niños HIPOTECAS CON IRPH Revisamos tu hipoteca sin compromiso. CONTÁCTENOS.   Info BOLETÍN COVID-19 En esta sección abordaremos los aspectos más relevantes y las últimas noticias para aquellas personas que se han visto afectadas por la crisis del Covid-19.   Moratoria Hipotecas   Arrendamientos Viviendas   Arrendamientos Negocios   Ayudas a Empresas Covid-19   Ayudas a Autónomos Covid-19   Nuevas regulaciones para los ERTE   Uso obligatorio de mascarillas

Slide SERVICIOS TE OFRECEMOS Nuestro despacho viene prestando asesoramiento jurídico en todas las ramas del derecho. Con el fin de adaptarse a las necesidades de nuestros clientes y poder ofrecer un asesoramiento integral, el equipo de profesionales que forman nuestro bufete está compuesto por Abogados, Procuradores, Administradores de Fincas, Gestores Administrativos, todos ellos colegiados. TODO LO QUE NECESITES Las ventajas de tener sólo un despacho para todas tus gestiones. DERECHO BANCARIO Abogados DERECHO CIVIL Abogados REPRESENTACIÓN PROCESAL Procuradores PROPIEDAD HORIZONTAL Administración de fincas GESTORÍA ADMINISTRATIVA Tramitación Integral

MENU DERECHO CIVIL Tramitración Integral El Derecho Civil es el conjunto de normas jurídicas, que regulan todos los aspectos relativos a la personalidad, la familia y las relaciones patrimoniales.

      Dentro del Derecho Civil pueden entenderse incluidas las siguientes materias:

      Parte General:
Estudia y regulan tanto las relaciones jurídicas, a saber: el sujeto, el objeto y el hecho, acto y negocio jurídico; como el Derecho de la persona, en lo relativo a capacidad, residencia, domicilio, ausencia, nacionalidad, vecindad civil, y Registro Civil.
      Obligaciones y contratos:
Dedicada al estudio de la doctrina general del contrato y de las obligaciones, así como a la responsabilidad civil o responsabilidad extracontractual, y el régimen jurídico concreto de las numerosas figuras contractuales.
      Derechos reales e hipotecarios:
Estudio y análisis tanto de la propiedad y posesión, como del resto de los derechos reales, tanto de goce, como de garantía y de adquisición preferente, y de la publicidad de los bienes inmuebles a través del Registro de la Propiedad.
      Derecho de familia y sucesiones:
Dedicada al estudio y análisis de las formas y efectos del matrimonio, relaciones de los progenitores con los hijos, régimen económico-matrimonial y crisis del matrimonio, mientras que el Derecho de sucesiones, regula tanto la herencia como los distintos modos de suceder.
FAMILIA DIVORCIOS HERENCIAS RECLAMACIÓN DE CANTIDAD DESAHUCIOS
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FAMILIA FAMILIA Derecho Civil El derecho de familia se encuadra dentro del Derecho Civil y los principales aspectos que regulan son el matrimonio, la filiación y la tutela.

Cuando el vínculo matrimonial se rompe, hay que regular los derechos y obligaciones de los cónyuges entre sí, en relación con su patrimonio y también en relación con los hijos que hubiera.

      Nuestros abogados expertos en derecho de familia, pueden asesorarle, además, sobre los siguientes procedimientos:

              Pensiones de alimentos.
              Modificación de medidas.
              Pensión compensatoria.
              Incumplimiento sentencia o convenio regulador.
              Incapacidad, tutela.

Si te has decidido, ponte en contacto con nosotros, nuestro equipo de profesionales expertos te asesorará para alcanzar y defender tus intereses.
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DIVORCIOS divorcios Derecho Civil En López y Asociados ponemos a su disposición toda nuestra experiencia para asesorarle, en el supuesto de que haya decidido poner fin a su matrimonio. Cada matrimonio es diferente, y las circunstancias que provocan su ruptura también son diferentes, determinando que la tramitación jurídica y económica sea por tanto individualizada para cada caso concreto.

Un buen asesoramiento legal es fundamental para que la tramitación de este tipo de procedimientos se lleve a cabo de la forma más efectiva posible.

Pueden iniciar los trámites los cónyuges de modo conjunto o de uno con el consentimiento del otro, que ha de ser manifestado de modo expreso, o de uno solo de ellos, sin el consentimiento del otro. Es decir, nuestro ordenamiento jurídico contempla tres posibilidades, sin que ninguna de ellas preceda respecto de las otras.

  DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO:

      Requisitos:
              Que hayan transcurrido tres meses desde que se celebró el matrimonio.
              Que los cónyuges estén de acuerdo en tramitar amistosamente su separación, y están de acuerdo en separarse.
              Intervención obligatoria de abogado y procurador, tal y como lo recoge el art. 750 de la LeC.

En los divorcios de mutuo acuerdo, los cónyuges pueden ser defendidos por el mismo abogado y representados procesalmente por el mismo procurador, lo que supone una reducción de los costes en aquellos supuestos en los que ambas partes defiendan un interés común.

      ¿Qué documentos necesito para iniciar los trámites?

      Documentos:
              Certificado de matrimonio.
              Certificado nacimiento hijos, si los hubiera.
              Escritura autorizada de Capitulaciones Matrimoniales, si se optó por el régimen económico matrimonial de separación de bienes.
              Certificado de empadronamiento del ultimo domicilio familiar.
              Nota simple de los bienes en común.
              Acreditación de gastos.
              Convenio Regulador.
El convenio regulador es el documento que se acompaña junto con la demanda y el resto de documentos, que permite a ambos cónyuges pactar y regular aquellas cuestiones en las que tienen que seguir participando, tanto familiares como económicas, como por ejemplo: la guarda y custodia, pensiones de alimentos, régimen de visitas, atribución de la vivienda familiar, liquidación de la sociedad de gananciales, etc.       ¿Necesitas asesoramiento personalizado?

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HERENCIAS HERENCIAS Derecho Civil El derecho de sucesiones puede considerarse como el conjunto de normas que regulan el destino de los bienes y derechos de una persona tras su fallecimiento.
Existen dos tipos de sucesión: testamentaria y abintestato, diferenciándose una de la otra en el supuesto de que, en el momento del fallecimiento, el causante haya otorgado o no su voluntad mediante testamento.
Desde que se produce el fallecimiento y hasta la entrega de los bienes a los correspondientes herederos y/o legatarios, este proceso conlleva una serie de trámites y gestiones tanto jurídicas, administrativas como fiscales, que nuestro despacho, experto en herencias, ofrece a nuestros clientes.

      En López y Asociados gestionamos las herencias de manera integral:
              Asesoramiento en materia de testamentos.
              Obtención y preparación de toda la documentación administrativa necesaria, (últimas voluntades y certificados de seguros con cobertura de fallecimiento), Preparación y redacción de acuerdos privados de repartición.
              Asesoramiento y estudio fiscal. Prórrogas y declaración plusvalías municipales.
              Inscripción nuevo reparto en Registro Propiedad (en el caso de bienes inmuebles).
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RECLAMACIONES DE CANTIDAD RECLAMACIONES DE CANTIDAD Derecho Civil Nuestro ordenamiento jurídico contempla distintos tipos de procedimientos para la reclamación de cantidades cuando la via extrajudicial o amistosa no ha sido satisfactoria.

En Lopez y Asociados, nuestros abogados intentarán previamente el cobro de forma extrajudicial, mediante el envío de un burofax redactado y firmado por el propio abogado, concediéndole un nuevo plazo al deudor para que pueda liquidar la deuda.

      ¿Qué documentos necesito para iniciar judicialmente una reclamación de cantidad?

En caso de que el envío del burofax, transcurrido el tiempo concedido, no haya obtenido resultado favorable, habrá que recopilar la factura, albarán, pagarés, cheques o en el caso de deudas de comunidades de propietarios, el acta de la junta donde se aprueba la liquidación de la deuda y el certificado firmado por el presidente y secretario-administrador que acredite las cantidades pendientes de pago.

Si necesita más información, no dude ponerse en contacto con nosotros.
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DESAHUCIOS ARRENDAMIENTOS Derecho Civil En López y Asociados te ofrecemos el asesoramiento necesario para proteger tus derechos como propietario, si quieres alquilar una vivienda, local de negocio, etc; desde la redacción del contrato de arrendamiento a medida, según las necesidades de cada supuesto y así como todas las comunicaciones relacionadas con el inmueble objeto de arrendamiento: actualizaciones de renta, prórrogas, entregas de llaves, etc.

El pasado 6 de marzo de 2019, entró en vigor la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos, que ha modificado parcialmente la (Ley 29/1994, de 24 de noviembre, y su posterior modificación en virtud de la Ley 4/2013, de 4 de junio, y el Real Decreto Ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.)

  Los principales cambios que ha introducido la nueva ley son los siguientes:

      Duración:
              Arrendador persona física: Se amplía de 3 a 5 años y se amplía de igual forma la prórroga tácita de 1 a 3 años.
              Arrendador es persona jurídica: la duración será de 7 años, con una prórroga obligatoria por plazos anuales hasta un máximo de 3.
              Excepción: si el arrendatario comunica al propietario con 1 mes de antelación su decisión de no renovar.

      Finalización contrato:
              El plazo mínimo anterior LAU de 30 días.
              Con la reforma de la LAU, el arrendador debe comunicarlo al inquilino con 4 meses de antelación.
              En caso de que sea el inquilino el que no quiera renovar el contrato, debe comunicarlo con 30 días de antelación.

      Fianza:
              La actual LAU limita la fianza a 3 meses como máximo; un mes de fianza legal más la garantía adicional de una o dos meses.
              En los contratos de más de 5 años de duración, o más de siete si el arrendador es persona jurídica, la Ley no establece ningún límite de garantías adicionales quedando sujeto al libre acuerdo de las partes.

      Gastos gestión inmobiliaria:
              Arrendador persona física: La comisión de la agencia debe pagarla quien contrate los servicios.
              Arrendador persona jurídica: será el arrendador quien asuma los gastos de gestión inmobiliaria.

      Obras:
              Se podrán llevar a cabo obras en la vivienda sin necesidad de firmar un nuevo contrato, siempre y cuando arrendador y arrendatario estén de acuerdo.
              Si es el propietario quien decide llevar a cabo las obras, éste no podrá incrementar la renta los primeros 5 o 7 años (según sea arrendador persona física o jurídica).
              Para contratos con una duración superior, se podrá incrementar la parte proporcional a la inversión realizada, siempre y cuando no se supere el 20% de la renta.

      Actualización de renta:
              Antigua LAU: sujeta al acuerdo de las partes.
              Reforma LAU: la actualización es obligatoria sujeta a IPC.

Todos los contratos de alquiler firmados con anterioridad al nuevo RD Ley de 6 de marzo de 2019, les será de aplicación el régimen jurídico anterior, al igual que las prórrogas de dichos contratos. Sin embargo, las renovaciones y nuevos contratos firmados en fecha posterior al 6 de marzo de 2019, seguirán lo establecido en la por la Reforma de la LAU.

      ¿Tienes una vivienda o local y quieres arrendarlo?

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DESAHUCIOS Derecho Civil El procedimiento judicial de desahucio tiene como finalidad la recuperación por parte del arrendador del inmueble arrendado, ya sea por falta de pago o bien porque ha terminado el plazo de duración, o por cualquier otra causa de resolución que establezca la ley, como por ejemplo desahucio por precario.

Si usted tiene un inmueble arrendado, y su inquilino ha dejado de abonarle la renta, nuestros abogados expertos, aconsejan no demorar el envío de la carta reclamando las rentas impagadas a sus inquilinos y esperar al menos 30 días para interponer la demanda, para bloquear el derecho del inquilino a enervar la acción, en el caso de que no se quiera mantener el arrendamiento.

El derecho que tiene el inquilino de enervar la acción es una oportunidad excepcional para que el contrato de arrendamiento no se resuelva y continúe en vigor, si una vez presentada la demanda y admitida a trámite en un plazo de 10 días desde el requerimiento judicial, paga la totalidad de las cantidades adeudadas hasta la actualidad.
Dicho derecho solo puede ejercitarlo una vez el arrendatario durante la duración de dicho arrendamiento.

Si necesita un abogado, no lo dude, póngase con contacto con nosotros y le asesoraremos para que pueda recuperar con total rapidez la posesión del inmueble arrendado.
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la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia ha declarado en su Auto de 9 de abril, la nulidad de la cláusula-IRPH prevista en una escritura de préstamo hipotecario suscrita en 2013. abril 30, 2021 IRPH: la AP de Valencia lo declara nulo y lo sustituye por el Euribor La sentencia dictada aplica lo dispuesto en el art. 395 de la L.E.C., en un procedimiento judicial instado contra Banco Sabadell solicitando la nulidad del contrato de una tarjeta revolving emitida, el cual aplicaba un tipo de interés usurario. abril 30, 2021 Condena en costas a banco tras allanarse en un caso de revolving Las reuniones virtuales, al no estar reguladas por la LPH, ha llevado al Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas a reunirse con los distintos grupos parlamentarios para impulsar la validez de las juntas telemáticas. abril 9, 2021 El Congreso pide al Gobierno que regule la celebración de juntas telemáticas El Boletín Oficial del Estado ha publicado una Orden del Ministerio de Hacienda que permite a los contribuyentes afectados por ERTE, puedan fraccionar el pago de la deuda tributaria derivada de la declaración de la Renta. abril 8, 2021 Se aprueba aplazamiento en 6 meses del pago del IRPF para afectados por ERTE en 2020 El fallo de la sentencia resulta esperanzador para todos aquellos consumidores que, con procedimientos en trámite, se encuentran a la espera ahora de que se resuelvan las dos nuevas cuestiones prejudiciales admitidas recientemente por el TJUE. abril 8, 2021 IRPH: un Juzgado de Barcelona lo declara nulo y lo sustituye por el Euribor La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha establecido que los gastos de tasación propios de los créditos hipotecarios anteriores a la actual Ley de Contratos de Créditos Inmobiliarios correrán a cargo de las entidades bancarias. abril 6, 2021 Gastos de tasación en préstamos hipotecarios. La AP de Tenerife contradice el criterio del Ministerio de Consumo por el cual, el 21 de enero de 2021 prescribía el plazo para el ejercicio de acciones de reclamación de cantidad por gastos de constitución de préstamos hipotecarios.  abril 6, 2021 LA ACCION DE NULIDAD DE UNA CLAUSULA ABUSIVA NO PRESCRIBE El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha estimado el recurso interpuesto por un consumidor contra la sentencia que no impuso las costas procesales a la entidad bancaria que, pese a allanarse a la demanda, había rechazado previamente una reclamación extrajudicial. febrero 1, 2021 El TS impone costas a un banco que se allanó a una demanda de ‘cláusula suelo’ La Sala Primera ratifica su doctrina sobre la nulidad, por abusivas, de las cláusulas que imputan al prestatario los gastos y tributos de los préstamos hipotecarios, en cuanto implican, en perjuicio del consumidor, un desequilibrio importante entre las partes. agosto 31, 2020 El TS se pronuncia sobre la nulidad de cláusulas gastos en préstamos hipotecarios

Slide PROFESIONALES NOS PRESENTAMOS Ofrecemos un trato familiar, directo y personal, con la máxima discreción, compromiso y dedicación, siempre desde la perspectiva de defender los intereses de nuestros clientes de la mejor forma posible.”
UN EQUIPO MULTIDICIPLINARIO Ponemos a vuestra disposición un diverso equipo de profesionales capaces de dar solución a todas aquellas cuestiones que le pudieran surgir.
José López
Abogado
Carolina López Procuradora de los Tribunales Cristina López Administradora de fincas Tamara López Abogada y Gestor Administrativo Francisco García Oficial Gestoría

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Rellena el siguiente formulario y en breve nos pondremos en contacto contigo para resolver todas tus dudas, sin ningún compromiso.

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